Los tres tipos de contrato de alquiler según su duración

Los tres tipos de contrato de alquiler según su duración

Los contratos de arrendamiento se pueden dividir en tres clasificaciones según la duración de ellos: arrendamiento de uso turístico, arrendamiento de temporada o arrendamiento de vivienda para residencia habitual.

Los contratos de arrendamiento se pueden dividir en tres clasificaciones según la duración de ellos: arrendamiento de uso turístico, de temporada o de vivienda para residencia habitual.

Arrendamiento de vivienda para residencia habitual

Este contrato se define como el pacto que acuerdan las partes interesadas, el propietario y el inquilino o arrendatario. El propietario se compromete a ceder el uso del inmueble al inquilino y este último a pagar la renta acordada. En cuanto a impuestos, no se le aplica el IVA, pero sí el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

El contrato tiene una duración mínima de tres años que podrá ser prorrogado anualmente después de los tres años mínimos.

Arrendamiento de temporada

En esta ocasión, la duración la estipulan el arrendatario y el arrendador, que habitualmente oscila entre semanas y meses, ya que es por motivo laboral o vacacional.

En suma, el arrendatario únicamente tendrá que abonar la cuantía acordada sin tener que pagar el IVA. Los beneficios que el arrendador obtenga tendrán que aparecer en la declaración del IRPF.

Arrendamiento de vivienda de uso turístico

En los alquileres de uso turístico, la duración también es mínima y a diferencia de los alquileres de temporada, sí podrán aparecer en plataformas turísticas.

En este caso, sí se aplica el IVA y se tendrá que presentar tanto los cambios de actividades como las declaraciones y la suma pactada. Por último, los beneficios tendrán que ser tributados en el IRPF como capital inmobiliario, debido a que Hacienda está actualmente regulando este negocio.

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Categoría: Actualidad y Noticias

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