¿Por qué mi casero no me devuelve la fianza?

¿Por qué mi casero no me devuelve la fianza?

Existen casos en los que el arrendador puede quedarse con la fianza del alquiler y otros en las que no ...¿Conoces en qué casos?

¿Qué se entiende como "fianza"?

Según la Ley de Arrendamiento urbanos  “A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda”.

Entendemos por tanto como fianza, la cantidad depositada en concepto de garantía que responde de las obligaciones derivadas del contrato. Entre ellas, respondería de los posibles daños o desperfectos que se hubiesen producido durante la duración del contrato en el inmueble arrendado .

¿Qué motivos tiene el arrendador para no devolver la fianza?

- Jurídicamente el arrendador tiene la obligación de devolver la fianza. Los supuestos legales que eximen al arrendador de esta obligación    son:

- No hacer  buen uso del bien arrendado y provocar deficiencias y destrozos en el inmueble.

- Si algunas de las cuotas o mensualidades no se hubiera abonado.

- En la entrega de llaves observa algún imperfecto en su vivienda.

En relación a los desperfectos o deterioro de la vivienda , hay que puntualizar que se trataría de aquellos casos en los que ese desperfecto sea ocasionado por el arrendatario y NUNCA por causas derivadas de un uso normal de la misma.

Es decir, hacer agujeros en la pared para colgar un cuadro, una pared que requiera una nueva pintura  por el transcurso del tiempo NO son motivos para que el arrendador “reclame” la fianza, según la jurisprudencia.

¿En qué momento me tienen que devolver la fianza?

 El arrendador tiene el plazo de 1 mes para devolver la fianza desde que el arrendatario le devuelve las llaves; si bien la fianza ha de devolverse en el momento en que el contrato se extingue, ya que si no hay contrato no hay garantía, ese mes, puede servir según la jurisprudencia para  que el arrendador “revise” las condiciones del inmueble.

Si el arrendador no devuelve la fianza sin tener ningún documento que testifique el porqué, el arrendatario en este caso tendrá que proceder a su reclamación en vía judicial.

¿Qué hago si el arrendador se niega a devolverla?

Al finalizar el alquiler es necesario que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves. En este documento se constatarán  los desperfectos sufridos en la vivienda imputables al inquilino, si es que los hubiera, así como las deudas pendientes por alquiler o consumos, que servirán para descontarlo de la fianza.

A partir de estos datos el inquilino podrá reclamar si no está conforme, bien sea por no devolver la cantidad adecuada o no devolver nada. La reclamación se realizará presentando los documentos que lo acreditan en los juzgados siendo la justicia quien dictamine quien tiene razón.

¿ Alguna vez te ha pasado? ¿Se han quedado con tu fianza sin motivo? Cuéntanos…


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Categoría: Actualidad y Noticias

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